ANO 2022 N.º 3

ISSN 2182-9845

Capacidad contractual del menor de edad no emancipado con especial referencia al discapacitado

Alfredo Batuecas Caletrío

Palavras-chave

Menor de edad; capacidad contractual; discapacitado.

Resumo

La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha modificado de manera considerable el Código Civil español. Uno de los artículos que se ha visto modificado ha sido el 1263, en el que se reconoce capacidad para contratar a los menores de edad no emancipados. En este artículo se analiza cómo queda el régimen jurídico contenido en este artículo tras la reforma, haciendo algunas consideraciones especiales al menor de edad discapacitado.

Sumário

1. Introducción
2. Capacidad contractual del menor de edad no emancipado
3. Eficacia jurídica de los contratos celebrados por el menor de edad no emancipado
4. Minoría de edad, discapacidad y capacidad para contratar
4.1. Capacidad contractual del menor de edad discapacitado no emancipado
4.2. Provisión de ayuda o asistencia al menor de edad discapacitado no emancipado para el ejercicio de su capacidad contractual
4.3. Eficacia jurídica de los contratos celebrados por el menor de edad discapacitado no emancipado
Bibliografía
Jurisprudencia