ANO 2019 N.º 1
ISSN 2182-9845
Ana Moreno Sánchez-Moraleda
Reglamento 2016/1103; regímenes económicos matrimoniales; normas de conflicto; leyes próximas.
El Reglamento de la Unión Europea (UE) nº 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales, unifica las normas de conflicto entre los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada. En el presente estudio se analizan los distintos puntos de conexión para determinar la ley aplicable: elección limitada de ley por los cónyuges, ley de residencia habitual o nacionalidad de los cónyuges como leyes más próximas, así como la ley de vínculos más estrechos o la ley de última residencia habitual de los cónyuges como clausula de excepción. Todas estas leyes aplicables a los efectos patrimoniales del matrimonio, persiguen un determinado resultado material, como consecuencia, comprobaremos que este Reglamento europeo tiene el acierto de establecer normas de conflicto materialmente orientadas frente al funcionamiento neutral de las tradicionales normas de conflicto de los Estados.
1. Introducción
1.1. Principios generales para determinar las leyes aplicables en materia de regímenes económicos matrimoniales
2. La autonomía de la voluntad conflictual en materia de regímenes económicos matrimoniales
2.1. Los límites de elección de ley por los cónyuges
2.2. Momento de elección y cambio de la ley aplicable
2.3. Los requisitos de la validez formal y material en la elección de ley
2.4. El límite de las leyes de policía y del orden público en la elección de ley
3. Las leyes aplicables en defecto de elección en materia de regímenes económicos matrimoniales: criterios objetivos pero materialmente orientados
4. La clausula de excepción: la ley de última residencia habitual común de los cónyuges como ley más próxima
5. Las soluciones al conflicto móvil para determinar una ley más precisa
Bibliografía
Jurisprudencia citada