ANO 2024 N.º 2 Volume 34

ISSN 2182-9845

“Pay or ok”. Pagar con datos personales tras la Directiva 2019/770: Una visión comparada entre España y Portugal

José Antonio Castillo Parrilla / Jorge Morais Carvalho

Palavras-chave

Datos personales; contraprestación; consentimiento; contenidos digitales; servicios digitales; consumidor.

Resumo

Partiendo de las ideas de onerosidad, precio y contraprestación en la teoría general de las obligaciones y de los contratos, se analiza en este texto la cuestión del pago con datos personales en los contratos celebrados con consumidores frente a los ordenamientos jurídicos español y portugués. A pesar del temor del legislador a utilizar la palabra “contraprestación” en este contexto, se argumenta que estamos ante un pago con datos personales siempre que se cumplan tres supuestos: (i) el tratamiento de datos se basa en el consentimiento del interesado (consumidor); (ii) el profesional responsable del tratamiento está vinculado por el consentimiento del consumidor (interesado) de tal forma que se produce el sinalagma do (res) ut des (data); (iii) la responsabilidad del consumidor es consecuencia de la libertad de consentimiento. De este último aspecto se desprende que la mera restitución recíproca de prestaciones no puede considerarse un perjuicio para la revocación del consentimiento.

Sumário

1. Introducción
2. Punto de partida. Onerosidad, precio y contraprestación en la teoría general de obligaciones y contratos
3. Los datos (personales y no personales) como forma de riqueza, ¿y como bienes?
3.1. La economía de los datos
3.2. La protección de datos como derecho fundamental y los datos como objeto de comercio
3.3. Los datos como bienes o cosas, y la propiedad de los datos
4. ¿Qué significa pagar con datos personales?
4.1. El tratamiento de los datos se basa en el consentimiento del consumidor (como titular de los datos)
4.2. Do res ut des data. La libertad de consentimiento en el RGPD y el Derecho de consumo
4.3. El consentimiento responsable del consumidor en contratos digitales donde paga con sus datos
5. Pago con datos en España y Portugal a partir de la adaptación nacional de la Directiva 2019/770 y del RGPD
5. La Opinión 8/2024 del Comité Europeo de Protección de Datos
6. Consideraciones finales
Bibliografía

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